La DGI y el CFE: cómo factura tu consultorio en Uruguay

Julianny Ganabela Belandria Dorante·05 de octubre de 2026Fuentes verificadas
La DGI y el CFE: cómo factura tu consultorio en Uruguay

El CFE (comprobante fiscal electrónico) es la factura o el ticket firmado digitalmente que la DGI de Uruguay reconoce con la misma validez que el papel, y desde el 1 de enero de 2025 es obligatorio para todo contribuyente de IVA, incluido el profesional de IVA Mínimo. En un consultorio se reduce a dos documentos: e-Ticket al paciente particular y e-Factura a quien tiene RUT. Y hay un número que tu recepción tiene que saber de memoria: un e-Ticket de más de 5.000 UI lleva la cédula del paciente y viaja a la DGI antes de entregarse.

Actualizado el 5 de octubre de 2026.

PasoQué esDónde se haceLo que conviene saber
1. Certificado digitalLa firma electrónica con la que firmás cada CFEAbitab, Correo Uruguayo o ANTELSe compra por 1 o 2 años; si vence, no podés firmar
2. Usuario eFacturaTu alta como emisor en la DGIServicios en línea de la DGI (Usuario DGI o Identidad Digital)Con un proveedor del Registro de Proveedores Habilitados entrás por homologación simplificada
3. CAELa constancia que autoriza un rango de numeración por tipo de CFEServicios en línea → eFactura → ConstanciaMínimo 100 números por solicitud; el rango vale 2 años
4. Emitire-Ticket o e-Factura en cada cobroTu software o el portal gratuito de la DGIConsulta de salud al 10% de IVA; lo demás, al 22%
5. Reporte diarioEl resumen de lo emitido cada díaLo genera y envía el softwareAntes de las 18 h del día hábil siguiente, aunque no hayas atendido
6. Publicar e-TicketsQue el paciente pueda bajar su comprobanteLa web del emisorHasta las 18 h del día hábil siguiente, y 3 meses publicado

Si preferís que los pasos 4 a 6 los haga el sistema mientras vos atendés, podés probar TotalMed en Uruguay: emite e-Ticket y e-Factura desde el mismo cobro de la consulta.

¿Quién tiene que emitir CFE en un consultorio uruguayo?

Todo el que es contribuyente de IVA, sin importar el tamaño. Según la DGI, el plazo para que los contribuyentes que faltaban se incorporaran venció el 31 de diciembre de 2024 (Resolución 2548/2023), y la lista de incluidos nombra expresamente a los de IVA Mínimo y a los de IVA Servicios Personales, que es la situación típica del médico, el odontólogo o el psicólogo con consulta propia. Desde 2025, quien se inscribe o reinicia actividad nace emisor electrónico, sin período de adaptación.

Quedan afuera, entre otros, los contribuyentes de Monotributo y Monotributo Social MIDES. Si estás en esa categoría, este artículo no te obliga a nada todavía; si pensás pasar a IVA Mínimo, leelo con calma porque te toca entero.

¿Cuándo es e-Ticket y cuándo e-Factura?

e-Ticket cuando le cobrás a un consumidor final, que es casi siempre el paciente particular. e-Factura cuando el que paga es una empresa o institución con RUT: la empresa que manda a sus empleados a un chequeo, un seguro, otra clínica que te deriva y te paga. En la e-Factura el receptor se identifica siempre y el sistema valida el dígito verificador del RUT, así que un RUT dictado de memoria termina en rechazo.

El e-Ticket tiene una regla de monto que conviene tener clara. Según las preguntas frecuentes de CFE de la DGI, cuando el monto neto supera las 5.000 UI (tope vigente desde el 1 de noviembre de 2022; se calcula con la UI del 31 de diciembre del año anterior, lo que da algo más de $31.000), pasan dos cosas:

  • Hay que identificar al paciente: número de cédula, o documento y país si es extranjero. Alcanza con que lo diga, no tiene que mostrarlo.
  • El comprobante se envía a la DGI uno por uno antes de entregarlo, igual que una e-Factura.

Por debajo de ese monto, el e-Ticket no exige identificar al receptor y se informa en el reporte diario. Un tratamiento odontológico o un paquete de sesiones cobrado de una vez cruza ese tope con facilidad: la recepción tiene que pedir la cédula en ese cobro, no en la consulta de control de la semana siguiente.

Pantalla de facturación de TotalMed con un e-Ticket para consultorio en Uruguay

¿Qué es el CAE y por qué se te puede vencer?

El CAE (constancia de autorización de emisión) es el archivo firmado por la DGI que te autoriza un rango de números para cada tipo de CFE: uno para e-Tickets, otro para e-Facturas, otro para sus notas de crédito. Se pide en Servicios en línea, en la opción "eFactura – Constancia Comprobante Fiscal Electrónico – Solicitud", con un mínimo de 100 números y un máximo de un millón por solicitud, y se carga en el sistema de facturación, que es el que administra la numeración.

Dos detalles que la DGI deja por escrito y que en la práctica sorprenden:

  • El rango vence a los dos años. Los números que no usaste en ese plazo se informan como anulados en el reporte diario y no se pueden reutilizar. Pedir un millón de números "para no volver a pedir" no tiene ningún sentido en un consultorio.
  • El IVA Mínimo tiene un CAE especial. Si crecés y pasás de IVA Mínimo a régimen general, tenés que informar como anulada toda la numeración que te quedó de la constancia vieja y pedir una nueva. Es el momento en que más consultorios descubren que su sistema no avisa de nada: siguen emitiendo con el rango de IVA Mínimo después del cambio y terminan con comprobantes rechazados.

La numeración es única por tipo de CFE para toda la empresa, así que si tenés dos sedes podés usar un solo rango correlativo o repartirlo en subrangos por sede o por caja. El CAE siempre se pide para el domicilio fiscal principal.

¿Qué tasa de IVA lleva cada línea del CFE?

La consulta vinculada a la salud va a la tasa mínima de 10%, siempre que la preste un profesional con título habilitante inscripto en el MSP; lo que no tiene ese vínculo va a la tasa básica de 22%. La DGI lo explica en su guía de servicios personales con el ejemplo del psicólogo (terapia al 10%, selección de personal al 22%) y lo confirmó para una clínica odontológica en la Consulta Tributaria N° 6632 (2024).

Para el CFE eso significa que la tasa se define por línea, no por comprobante. Un e-Ticket puede llevar la consulta al 10% y el producto que el paciente se llevó del mostrador al 22%, y es así como tiene que salir. Lo desarrollamos con más casos en la comparativa de software para consultorios en Uruguay. Si un servicio puntual te genera dudas, la palabra final la tiene tu contador.

¿Cómo se corrige un CFE mal emitido?

Depende de si ya llegó a la DGI. Antes de enviarlo podés anularlo. Una vez enviado y aceptado, la única corrección es una nota de crédito o de débito, y el número del comprobante original ya no se puede volver a usar, aunque la DGI lo haya rechazado.

El caso más común en un consultorio no es un error de monto: es el paciente que paga, recibe su e-Ticket y vuelve a la semana pidiendo la factura "a nombre de la empresa" para que se la reintegren. No se edita el e-Ticket. Se emite una nota de crédito de e-Ticket por el total y una e-Factura nueva con el RUT de la empresa. Si el software no tiene ese flujo armado, la recepción lo resuelve como puede, y ahí aparecen los descuadres de caja de fin de mes.

¿El IVA Mínimo paga menos si factura electrónico?

Sí, puede pagar menos. Para quien documenta sus operaciones exclusivamente con CFE, la cuota mensual del IVA Mínimo queda topeada: se paga lo menor entre el 3,3% de lo facturado en el mes y la cuota que te corresponde según tu situación (completa o reducida al 50% o al 25%). Lo resumen así Andersen Uruguay en su boletín tributario de 2025 y las guías del régimen; la DGI publica un simulador de la cuota 2026 en su sitio. Para un profesional que arranca con pocas consultas al mes, ese tope es la diferencia entre pagar la cuota fija completa y pagar una fracción.

¿Qué pasa el primer mes como emisor?

Hay una transición corta. Según la DGI, desde que te autorizan tenés un mes para pasar a documentar todo exclusivamente con CFE, y en ese mes pueden convivir los comprobantes de papel con los electrónicos. Además, desde el primer día pasás a ser receptor electrónico: las e-Facturas que te emitan tus proveedores te llegan electrónicas, aunque durante los primeros 30 días la versión impresa sigue valiendo lo mismo.

Ese mes sirve para lo que nadie hace: cargar el catálogo de servicios con su tasa de IVA, probar una nota de crédito y revisar que la ficha clínica digital y el cobro queden atados al mismo paciente.

¿Alcanza con el portal gratuito de la DGI?

Para un profesional solo y con pocos comprobantes, sí. El portal de e-Factura de la DGI emite CFE sin pagar licencia; igual necesitás certificado digital y CAE. Lo que no hace es nada de la parte de gestión: no hay agenda, no hay historia clínica, no arma el reporte diario por vos ni publica los e-Tickets para que el paciente los descargue, y cada comprobante se carga a mano.

El software dedicado tiene sentido cuando emitís todos los días o cuando hay más de un profesional facturando. Si el proveedor está en el Registro de Proveedores Habilitados de la DGI, además entrás al régimen por un mecanismo simplificado y accedés a beneficios fiscales, según la guía oficial de ingreso. Preguntalo antes de contratar, sea cual sea el sistema.

Si atendés pacientes de los dos lados del Río de la Plata, la lógica argentina es otra (factura C, obras sociales, punto de venta en el WSFE) y está explicada en la guía de factura electrónica ARCA para consultorios.

TotalMed emite e-Ticket y e-Factura ante la DGI desde el cobro de la consulta, con la tasa de IVA definida por servicio y la nota de crédito en el mismo flujo de caja. Si querés verlo con tus servicios reales, abrí tu cuenta en TotalMed Uruguay y emití tu primer comprobante de prueba.

Preguntas frecuentes

¿Qué necesito para emitir CFE en Uruguay?

Tres cosas, según la guía de ingreso de la DGI: un certificado digital (de Abitab, Correo Uruguayo o ANTEL, por 1 o 2 años), un usuario de eFactura pedido en Servicios en línea y un CAE que autorice un rango de numeración para cada tipo de comprobante. Con eso emitís desde un software o desde el portal gratuito de la DGI.

¿Cuándo tengo que pedir la cédula al paciente en un e-Ticket?

Cuando el monto neto del e-Ticket supera las 5.000 UI (calculadas con la UI del 31 de diciembre del año anterior), o cuando el comprobante documenta retenciones o percepciones. En ese caso el e-Ticket se envía a la DGI antes de entregarlo. Basta con que el paciente informe el número; no tiene que mostrar el documento.

¿Cuánto dura el CAE?

El rango de numeración autorizado vale dos años. Los números que no usaste en ese plazo se informan como anulados en el reporte diario y no se pueden volver a usar. Se piden entre 100 y un millón de números por solicitud.

¿Cómo corrijo un e-Ticket que el paciente quería como e-Factura?

No se edita. Si el e-Ticket ya fue enviado y aceptado, se emite una nota de crédito de e-Ticket por el total y una e-Factura nueva con el RUT de la empresa. Anular directamente solo se puede antes de enviarlo a la DGI o si la DGI lo rechazó.

¿Tengo que mandar algo a la DGI aunque no haya atendido ese día?

Sí. El reporte diario se envía por cada día calendario, haya o no operaciones, dentro de las primeras 18 horas del día hábil siguiente. Lo genera y envía el software de facturación.

Si estoy en IVA Mínimo, ¿me conviene facturar electrónico?

Desde 2025 ya es obligatorio. Además, quien documenta todo con CFE paga como cuota mensual lo menor entre el 3,3% de lo facturado en el mes y la cuota que le corresponde. Confirmá tu caso con tu contador o con el simulador de la DGI.

Fuentes

Julianny Ganabela Belandria Dorante

Directora Operativa de TotalMed. Trabaja día a día con clínicas y consultorios de Latinoamérica para ordenar agenda, fichas y caja, y que el equipo opere sin fricción.

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